En la gran mayoría de los asuntos civiles y penales es preciso y obligatorio estar representado por un procurador.
Es cierto que en otros como en el contencioso-administrativo o en los órdenes social, resulta recomendable, aunque no obligatorio.
Es esencial que el Procurador controle a la perfección los plazos procesales y conozca bien todos los procesos.
El Procurador es un profesional jurídico licenciado en Derecho y especializado en Derecho Procesal que va a representar a su cliente (ya se trate de persona física o jurídica) mientras dure la tramitación del procedimiento judicial.
Para poder ejercer de procurador es necesario:
El Procurador realizará los trámites procesales por la persona a la que represente, representándola siempre y cuando sea necesario, y cuando la ley no obligue a que dicha persona se halle presente.
Su principal labor es la de ejercer de intermediario entre el Juzgado y su cliente, o entre su cliente y otras partes.
Pese a que tanto Abogado como Procurador son profesionales del derecho, sus diferencias en cuanto a los servicios a realizar son muy evidentes.
El Abogado es el profesional encargado planear y profesar la defensa judicial del cliente. Informa, asesora y defiende al cliente.
El Procurador es el profesional encargado de representar a su cliente. Se hará cargo de las tramitaciones judiciales, será la persona que recibirá las notificaciones y actos de comunicación judicial en nombre de su cliente, será el profesional encomendado de presentar ante el Juzgado los informes del Abogado y toda la documentación adjunta que el cliente le brinde.
Las profesiones de Abogados y Procuradores son totalmente incompatibles, puesto que sus funciones no pueden sustituirse ni intercambiarse.
El Procurador es el profesional encargado de representar a su cliente procesalmente ante Juzgados y Tribunales. Y está obligado a:
La relación entre el Tribunal y Justiciable se hace a través del Procurador, el cuál está obligado a:
Los Procuradores son esenciales en el conocimiento de los Juzgados y su funcionamiento. Conocen a los jueces, letrados y funcionarios de la Administración de Justicia de cada juzgado.
Son fundamentales para dar información a los Abogados sobre los tiempos de tramitación, decisiones cotidianas y de como son adoptadas en cada Juzgado.
En función de las diferentes jurisdicciones (orden civil, social o laboral, penal y contencioso administrativo), los casos en los que se precisa contar con los servicios de un procurador son diferentes:
Con respecto a quién paga los honorarios del Procurador, por regla general el es propio cliente el responsable de hacer efectivas las tarifas del Procurador, aunque de manera excepcional, también puede ser el propio abogado quien formalice el pago.