¿Qué servicios ofrece un procurador?

que servicios ofrece un procurador

En la gran mayoría de los asuntos civiles y penales es preciso y obligatorio estar representado por un procurador.

Es cierto que en otros como en el contencioso-administrativo o en los órdenes social, resulta recomendable, aunque no obligatorio.

Es esencial que el Procurador controle a la perfección los plazos procesales y conozca bien todos los procesos.

¿Qué es un procurador?

El Procurador es un profesional jurídico licenciado en Derecho y especializado en Derecho Procesal que va a representar a su cliente (ya se trate de persona física o jurídica) mientras dure la tramitación del procedimiento judicial.

Para poder ejercer de procurador es necesario:

  • Estar licenciado en Derecho.
  • Adquirir el título de Procurador expedido por el Ministerio de Justicia.
  • Debe de estar colegiado en el lugar donde se halle ubicado su despacho principal.
  • Prestar juramento o promesa ante el órgano que corresponda.

El Procurador realizará los trámites procesales por la persona a la que represente, representándola siempre y cuando sea necesario, y cuando la ley no obligue a que dicha persona se halle presente.

Su principal labor es la de ejercer de intermediario entre el Juzgado y su cliente, o entre su cliente y otras partes.

Pese a que tanto Abogado como Procurador son profesionales del derecho, sus diferencias en cuanto a los servicios a realizar son muy evidentes.

El Abogado es el profesional encargado planear y profesar la defensa judicial del cliente. Informa, asesora y defiende al cliente.

El Procurador es el profesional encargado de representar a su cliente. Se hará cargo de las tramitaciones judiciales, será la persona que recibirá las notificaciones y actos de comunicación judicial en nombre de su cliente, será el profesional encomendado de presentar ante el Juzgado los informes del Abogado y toda la documentación adjunta que el cliente le brinde.

Las profesiones de Abogados y Procuradores son totalmente incompatibles, puesto que sus funciones no pueden sustituirse ni intercambiarse.

SERVICIOS DE UN PROCURADOR

El Procurador es el profesional encargado de representar a su cliente procesalmente ante Juzgados y Tribunales. Y está obligado a:

  • Estar al tanto de todos los pasos, manteniendo en todo momento informado a su cliente y abogado.
  • Es el responsable de todas las tramitaciones; es el que recibe y firma los emplazamientos, notificaciones, citaciones, entre otras.
  • Presentar los escritos y documentos confeccionados por los Abogados, ya sean los que dan comienzo al proceso como el resto a presentar.
  • Asiste a todas las diligencias y actos de pleito, en representación y a favor del cliente.
  • Debe de hacer llegar al abogado toda la documentación, notificaciones e instrucciones que lleguen a sus manos.
  • Tramitación de oficios, mandamientos y recursos, para así reducir los tiempos de tramitación del proceso.
  • Pagar todos los gastos generados a instancia del cliente y presentar cuenta documentada de los mismos.

La relación entre el Tribunal y Justiciable se hace a través del Procurador, el cuál está obligado a:

  • Colaborar con los órganos jurisdiccionales en la Administración de la Justicia.
  • Defender con gran profesionalidad los intereses del cliente.
  • Llevar de manera documental todos los datos sobre los trabajos que le hayan sido encargados.
  • Representar a las personas sin recursos económicos en aquellos asas provistos por Ley.

Los Procuradores son esenciales en el conocimiento de los Juzgados y su funcionamiento. Conocen a los jueces, letrados y funcionarios de la Administración de Justicia de cada juzgado.

Son fundamentales para dar información a los Abogados sobre los tiempos de tramitación, decisiones cotidianas y de como son adoptadas en cada Juzgado.

En función de las diferentes jurisdicciones (orden civil, social o laboral, penal y contencioso administrativo), los casos en los que se precisa contar con los servicios de un procurador son diferentes:

  • En el ámbito civil, es necesario solicitar los servicios de un procurador en la gran mayoría de todos los procedimientos.
  • En el ámbito social, las partes no se hallan en la obligación de contratar ni a un Procurador ni Abogado.
  • En el ámbito penal, no es obligatoria la presencia de un Procurador hasta que no se dicte un auto de apertura de juicio oral en el juzgado pertinente.
  • En el ámbito contencioso administrativo, se precisa contar con la figura del Procurador durante todo el procedimiento, ya sea en Juzgados como en Tribunales.

Con respecto a quién paga los honorarios del Procurador, por regla general el es propio cliente el responsable de hacer efectivas las tarifas del Procurador, aunque de manera excepcional, también puede ser el propio abogado quien formalice el pago.